Primer registro: "declaración de los derechos del retrasado mental" 1971
Año internacional de las discapacitadas: 1981
Declaración de Sundberg, Unesco y España.
La década de 1982 a 1992 es declarada el "Decenio mundial de las personas con discapacidad"
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidades se celebra en 2006 organizada por las Naciones Unidas.
Beneficios de la práctica deportiva:
- Físicos y fisiológicos.
- Psicológicos.
- Sociales.
Discapacidad: es toda restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad de realizar actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano.
Deporte adaptado: se entiende por deporte adaptado aquella aquella actividad físico deportiva que es susceptible de aceptar modificaciones para posibilitar la participación de las personas con discapacidad física, psíquicas o sensoriales.
Deporte de integración: es aquel que se práctica con personas que no presentan minusvalías aunque las discapacidades les imposibilitan realizar actividades deportivas con total plenitud.
Deporte normalizado: es el deporte que se practica respetando las mismas reglas y en condiciones que no presentan adaptaciones. Es el deporte, al que habitualmente se refiere la población, los medios, etc.
El deporte adaptado y el de integración son procesos en definitiva para adquirir la normalización deportiva.
Niveles de integración de las personas con discapacidad a través del deporte.
Nivel I: el disminuido participa en el deporte exclusivamente en su ambiente con otros disminuidos.
Es la forma menos avanzada de integración.
Clubes para discapacitados.
Nivel II: el paso siguiente en el proceso de la integración, es la forma en que los clubes deportivos para deportes convencionales tienen una sección de deporte adaptado.
Nivel III: la forma más avanzada de integración. Dónde las personas con discapacidad realizan deportes junto a personas sin ella.
En el nivel I y II se encuentran los deportes exclusivos, en el nivel III los inclusivos.
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